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Municipios y Comisiones Municipales podrán cobrar multas por incumplimiento de las normas de emergencia

Mediante el Decreto Acuerdo Nº 801-G/2020, el Gobernador, Gerardo Morales autorizó a los Municipios y Comisiones Municipales a cobrar las multas por incumplimiento de las normas de emergencia y cuya recaudación queda al municipio. Como ser el uso de barbijo, documentos impar y par, protocolos, comercios actividades deportes y demás.

Se faculta  a los Agentes de Tránsito y/o personal especialmente designado por las Municipalidades y Comisiones Municipales de la Provincia, para que efectúen el control de cumplimiento de las disposiciones dictadas por el Comité Operativo de Emergencia (C.O.E.), vigentes y las que en lo sucesivo estableciere, como de toda otra normativa referente a la emergencia epidemiológica por COVID-19 (coronavirus).

Las Municipalidades y Comisiones Municipales de la Provincia, podrán aplicar las sanciones determinadas en el marco de la emergencia, exigiendo el pago de las multas que resulten de las actas de constatación de infracción, que servirán como título suficiente y contarán con vía ejecutiva de apremio.

Los importes recaudados en concepto de multas, por parte de cada Municipio o

Comisión Municipal de la Provincia, deberá ingresar a cuentas especialmente habilitadas por los mismos, para ser destinados, en forma exclusiva, a cubrir necesidades sanitarias y equipamiento demandado por la emergencia epidemiológica.