Sin prejuicio de lo dispuesto, se establece el uso del barbijo en lugares de trabajo, oficinas públicas y privadas y en espacios de cerrados, además del cumplimento de protocolos sanitarios dispuestos por el COE Provincial. En caso de incumplimiento a lo establecido en el Decreto serán aplicadas las disposiciones de la Ley N° 5.860 del “Código Contravencional de la Provincia de Jujuy”.
La decisión es en consecuencia del plan de vacunación implementado en todo el territorio provincial, y que durante la última semana se registró un marcado y sostenido descenso de casos de COVID 19, manteniéndose estable la situación epidemiológica y sin riesgos para el sistema de salud.