La Dirección Provincial de Rentas informa que a partir del día 06 de Mayo de 2020, se reanudan el cómputo de los plazos para abonar el Impuesto de Sellos, de acuerdo a lo establecido en Resolución General 1564/2020.
En razón de las medidas adoptadas oportunamente en el marco de la contingencia sanitaria de público conocimiento, la Dirección Provincial de Rentas informa que a partir del día Miércoles 06 de Mayo, se reanuda el cómputo de plazos para abonar el Impuesto de Sellos de los instrumentos sujetos al mismo, que se encontraban suspendidos desde el día 16 de Marzo de 2020.
Idéntica medida también corresponde para los plazos que estuvieren corriendo para cumplir con requerimientos efectuados, presentar descargos y/o contestar vistas en los procesos de determinación de oficio iniciados, que también se encontraban suspendidos desde el 16/03/2020.
Asimismo, la Resolución General 1564/20 también dispone reanudar desde el 06 de Mayo de 2020 el curso de los intereses resarcitorios y de las multas dispuestas por el Art. 55º del Código Fiscal, en aquellos instrumentos sujetos al Impuesto de Sellos cuyo vencimiento hubiera operado con anterioridad al 16 de marzo de 2020.
Para efectuar el pago de los mismos, los contribuyentes deberán gestionar el turno respectivo, ingresando al sitio web: www.rentasjujuy.gob.ar y cargar los datos que le sean requeridos en el mismo.
Por más información, los interesados pueden consultar en el sitio web del Organismo www.rentasjujuy.gob.ar, en sus redes sociales Facebook, Twitter e Instagram o telefónicamente al 0388-4221383 o 0388-4221232, marcando lo números internos que figuran en nuestro sitio web, en el horario de 7:30 a 13:00 hs.