El Poder Ejecutivo provincial dispuso, con carácter obligatorio, que para acceder a servicios públicos y privados de transporte de pasajeros, los usuarios deberán presentar el carnet único de vacunación contra el COVID-19 y así acreditar haber recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida o la aplicación “Mi Argentina” equivalente o justificar por medio fehaciente e idóneo causas fundadas de eximición; quedando facultadas las empresas concesionarias, prestatarias o privados a no admitir a quiénes no cumplan con tal medida.
Preservar la salud pública.