Observó la Ministra de Ambiente que los “fondos son escasos, porque ha sucedido una reedición del presupuesto 2023, con lo cual se repite la misma partida presupuestaria de entonces que es de 9 mil millones de pesos. Pero además, hay que recordar que el Congreso de la Nación nunca logró aprobar un presupuesto que respetara lo establecido en la Ley 26331, por lo cual el fondo siempre tuvo fondos insuficientes. No obstante esto -destacó la funcionaria jujeña-, siguen siendo fondos necesarios para contribuir a que las jurisdicciones puedan llevar adelante acciones de conservación de los bosques nativos y también de un manejo sostenible. Conservar la estructura y funcionalidad de los bosques nativos es imprescindible ahora más que nunca, por el contexto de crisis climática y crisis por pérdida de biodiversidad”.
Los Bosques cumplen diversos servicios ambientales, preservan biodiversidad, ayudan a la generación de agua, ayudan a la conservación de los suelos, evitan procesos de remoción, producen oxígeno, son sumideros de dióxido de carbono, generan además economías verdes en torno al bosque y sus productos maderables, no maderables y servicios como el turismo de naturaleza, así como servicios culturales en torno a los bienes comunes”, dijo.
Valoró la Ministra “el trabajo conjunto de las provincias y la Nación, lo que da cuenta de que a pesar las diferencias que son propias de un sistema democrático, se puedan construir consensos en temas fundamentales, como este”.
Señaló Zigarán que “las provincias vienen haciendo ingentes esfuerzos para cumplir con las rendiciones pendientes” y al mismo tiempo hubo una “importante asistencia técnica desde la Dirección Nacional de Bosques de la Subsecretaría de Ambiente de la Nación”.
La resolución aprobada, como proyecto y que deberá ser sometida a consideración de las autoridades ambientales el 15 de mayo, establece “para acceder a los fondos de la convocatoria 2025 de la Ley 26331, las jurisdicciones deberán presentar a la ANA, el Plan Estratégico Anual y el Plan de Fortalecimiento Institucional 2025, exceptuándose a las provincias de las presentaciones de los planes correspondientes a las convocatorias 2023 y 2024”.
Además, se incorporó una cláusula por la cual se establece que las jurisdicciones dispondrán de un plazo de ciento ochenta días corridos, contados a partir de la efectiva recepción de la totalidad de los fondos asignados en el marco de la convocatoria 2025, para la presentación de los planes correspondientes.
También se requiere a la Autoridad Nacional de Aplicación de la Ley de Bosques que se expida en un plazo no mayor a 60 días respecto de las rendiciones totales de fondos, presentadas en tiempo y forma por las provincias.
Finalmente el proyecto solicita a la Autoridad Nacional de la Ley 26331 que garantice por los medios que fueran necesarios el cumplimiento del inciso g Art. 31 de la LEY 26.331, que señala que el fondo se constituye con los fondos remanentes de las convocatorias anteriores, de manera que deberían resguardarse de un año a otro.